lunes, 5 de marzo de 2012

factura electronica 2ºparcial

FACTURA ELECTRONICA
Una factura electrónica, también llamada comprobante fiscal digital, e-factura o efactura, es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas tradicionales garantizando, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.
La factura electrónica es, por tanto, la versión electrónica de las facturas tradicionales en soporte papel y debe ser funcional y legalmente equivalente a estas últimas. Por su propia naturaleza, las facturas electrónicas pueden almacenarse, gestionarse e intercambiarse por medios electrónicos o digitales.


FUENTE:  http://es.wikipedia.org/wiki/Factura_electr%C3%B3nica


LA FIRMA ELECTRONICA
La firma electrónica es una firma digital que se ha almacenado en un soporte hardware; mientras que la firma digital se puede almacenar tanto en soportes hardware como software. La firma electrónica reconocida tiene el mismo valor legal que la firma manuscrita. A pesar del uso indistinto que se suele hacer de los términos firma electrónica y firma digital, entre los profesionales del tema se hace una clara diferenciación entre estos.


CERTIFICADO ELECTRONICO
Un certificado electrónico o digital es un conjunto de datos que permiten la identificación del titular del certificado, intercambiar información con otras personas y entidades, de manera segura, y firmar electrónicamente los datos que se envían de tal forma que se pueda comprobar su integridad y procedencia.[1]
El certificado electrónico garantiza:
  • La autenticidad de las personas y entidades que intervienen en el intercambio de información.
  • Confidencialidad: que solo el emisor y el receptor vean la información.
  • La integridad de la información intercambiada, asegurando que no se produce ninguna manipulación.
  • El no repudio, que garantiza al titular del certificado que nadie más que él puede generar una firma vinculada a su certificado y le imposibilita a negar su titularidad en los mensajes que haya firmado.
Un certificado electrónico sirve para:
  • Autentificar la identidad del usuario, de forma electrónica, ante terceros.
  • Firmar electrónicamente de forma que se garantice la integridad de los datos trasmitidos y su procedencia. Un documento firmado no puede ser manipulado, ya que la firma está asociada matemáticamente tanto al documento como al firmante
  • Cifrar datos para que sólo el destinatario del documento pueda acceder a su contenido.
Algunos ejemplos de los servicios al ciudadano que las distintas AA.PP. españolas están ofreciendo son:
  • Presentación de recursos y reclamaciones
  • Cumplimentación de los datos del censo de población y viviendas
  • Presentación y liquidación de impuestos
  • Consulta e inscripción en el padrón municipal
  • Consulta de multas de circulación
  • Domiciliación bancaria de tributos municipales (IBI, IVTM, IAE...)
  • Consulta y trámites para solicitud de subvenciones
  • Consulta de asignación de colegios electorales
  • Actuaciones comunicadas
  • Firma electrónica de documentos oficiales y expedición de copias compulsadas.
En España, actualmente los certificados electrónicos emitidos por entidades públicas son el DNIe (DNI electrónico) y el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).


FUENTE: http://es.wikipedia.org/wiki/Firma_electr%C3%B3nica#Certificado_electr.C3.B3nico


CLAVE PUBLICA Y CLAVE PRIVADA
En el sistema de firma electrónica, cada persona dispone de un par de claves:
  • La clave privada ilustración de una llave que representa a la clave privada que únicamente él conoce.
  • La clave pública ilustración de una llave que representa a la clave pública que es conocida por las demás personas.
La clave privada debe permanecer bajo el exclusivo control de su propietario. Esta característica permite que una firma digital identifique en forma unívoca al firmante.
La clave pública, por su parte, es la que le posibilita al destinatario verificar quién es el autor del mensaje y la integridad de los datos enviados.
Estas claves actúan de forma complementaria: lo que cifra una, sólo puede ser descifrado por la otra.
Ilustración que representa que lo que se cifra con la clave privada sólo puede descifrarse con la clave pública.


 FUENTE: http://www.kzgunea.net/docs/cursos/Izenpe/castellano/capitulo2-2.htm


ORGANISMO QUE SE ENCARGA DE REGULAR LA FIRMA ELCTRONICA
Es una Firma que se adjunta a un mensaje electrónico, que identifica al dueño del mensaje, esta firma es un código único.
Su objetivo es brindar seguridad a las transacciones electrónicas, realizadas por los contribuyentes del SAT.
Esta firma permite comprobar que el mensaje no fue alterado, y que tiene un dueño legítimo.
Esta firma electrónica esta basada en un sistema de llave pública y privada, es decir, que el dueño de un mensaje electrónico utiliza su llave privada para cifrar datos y un usuario, utiliza la llave pública para descifrar dicho mensaje.
Para firmar un documento electrónico esa necesario tener una llave privada o archivo .key y su contraseña. Posteriormente se pide a SAT un archivo .cer que contiene la llave pública. Para generar los archivos .key y .cer es necesario utilizar el software SOLCEDI, provisto por el SAT.
La ventaja de utilizar una Firma FIEL es garantizar la integridad del mensaje, garantizar al dueño legítimo del mensaje, autenticidad del mensaje, y confidencialidad del mensaje.
La sanción por no usar una FIEL es perder credibilidad del origen de un mensaje en caso de haber alguna controversia respecto a comercio electrónico.
La Secretaría de Administración Tributaria se encarga de regular el uso y repartición de FIELs.


FUENTE: http://carlosproal.com/seguridad/seguridad07.html


REQUISITOS PARA LA FIRMA ELECTRONICA

Requisitos para Obtenerla

  1. Dispositivo magnético (USB, disco compacto) con los archivos de requerimiento (extensión *.req) y llave privada (extensión *.key) generados con la aplicación Generador de Requerimiento de Certificado de Firma Electrónica Certificada.
  2. Formato de Solicitud de Certificado de Firma Electrónica Certificada.
  3. Original o copia certificada del acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente.
  4. Original o copia certificada de la identificación oficial (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar).
  5. Original o copia de comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a dos meses (luz, agua, teléfono).
  6. Original o copia de la Clave Única de Registro Poblacional (CURP).
  7. Original o copia del nombramiento.

Importante:

Los documentos presentados en original o copia certificada para la obtención del Certificado de Firma Electrónica Certificada, deberán ser legibles y no presentar tachaduras ni enmendaduras, de lo contrario no serán recibidos para efectos de dicho trámite.
En caso de que el acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente se encuentre empastado, engargolado o engrapado se recomienda traer fotocopias legibles del documento con la finalidad de agilizar el trámite.
Datos personales recabados durante el trámite:
Con la finalidad de garantizar el vínculo que debe existir entre un certificado electrónico y su titular, al acudir a tramitar su Certificado de Firma Electrónica Certificada, es necesario que en el sistema de registro se ingresen sus siguientes datos personales:
  • Fotografía de frente,
  • Firma autógrafa, y
  • Documentos requeridos.
FUENTE: http://autoridadcertificadora.guerrero.gob.mx/fec/requisitos-fec.html


Personas físicas
  1. Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con alguna obligación fiscal.
  2. Contar con su Clave Única de Registro de Población (CURP).
  3. Verificar ante hacienda que su situación fiscal y de domicilio sean correctas, y solicitar una cita para realizar el trámite.
  4. Llevar consigo el día de su cita lo siguiente:
    1. Disco magnético de 3 ½, dispositivo USB ó CD conteniendo el archivo de requerimiento (extensión REQ), el cual es generado junto con la llave privada.
    2. Formato impreso y con información completa de la solicitud de certificado de Firma Electrónica Avanzada .  Este documento se entrega por duplicado.
    3. Original y fotocopia del acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio vigente .
    4. Original y fotocopia de una identificación oficial .
FUENTE:http://autoridadcertificadora.guerrero.gob.mx/fec/requisitos-fec.html
PERSONAS MORALES Y FISICAS
Podrán optar por emitir factura electrónica:
Personas físicas y las Personas morales que deseen optimizar, agilizar y automatizar su proceso de facturación.
Personas físicas y las Personas morales que tengan certificado de firma electrónica avanzada vigente.
Personas físicas y las Personas morales que lleven su contabilidad en sistemas electrónicos. (Fundamento legal: Artículo 29 noveno párrafo del Código Fiscal de la Federación)
FUENTE: http://www.edifact.com.mx/preguntasfrecuentesfacturaelectronica.php
 

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